Desde diciembre de 2023, con el inicio de la actual administración, el debate público inicialmente se centró en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023. Este debate se trasladó al ámbito judicial, con declaraciones de diverso tenor que, hasta la fecha, están en trámite. Posteriormente, en la Cámara de Diputados, la discusión se orientó al análisis del texto modificado por el Senado de la Nación, que incluye un capítulo laboral con menos artículos que el original DNU 70/2023. Para el Poder Ejecutivo Nacional, se trata de una reforma menos ambiciosa que el texto inicial. Con el marco legislativo ya detallado, resta analizar la necesidad y los efectos que podría generar una eventual reforma aprobada.
Es evidente que el derecho en general, y el derecho laboral en particular, no alteran directamente el panorama económico nacional ni las variables internacionales; sería un acto de petulancia y soberbia afirmar lo contrario. Sin embargo, sí colaboran en proporcionar herramientas para que los actores sociales —sindicatos, cámaras empresariales, trabajadores y futuros inversores— dispongan de reglas claras para actuar en consecuencia.
Por ello, es fundamental partir de los datos actuales de la economía y del empleo para abordar esta temática. En este sentido, destacamos que:
1) En los últimos diez años, el empleo privado se incrementó en 123.000 trabajadores, lo que, considerando el crecimiento poblacional, implica una disminución del 8.9 %.
2) Solo en uno de los veinticuatro distritos de la República Argentina, el empleo privado creció más que el empleo público.
3) A nivel nacional, el empleo público creció exponencialmente.
4) El empleo público, tanto en el Estado Nacional como en los Estados Provinciales, carece de un marco regulatorio homogéneo.
5) La incorporación de trabajadores al sector privado genera, de forma inmediata, el ingreso de aportes (a cargo del dependiente) y contribuciones (a cargo del empleador), fortaleciendo el sistema de seguridad social.
6) Como efecto contrario, se incrementó el trabajo autónomo.
7) Desde el fin de la pandemia, siete de cada diez empleos creados son por cuenta propia.
Durante el año 2002, se registró una tasa de desocupación superior al 22 %, producto de la fuerte devaluación del peso. La prohibición de despidos y la aplicación de multas vigentes por entonces no pudieron contener este aumento. La desocupación sólo descendió a cifras de un dígito en el cuarto trimestre de 2006, según informaba el INDEC en aquel momento.
Durante años, la discusión en ámbitos académicos, que se traslada a las resoluciones judiciales, ha girado en torno a los mínimos de protección a los trabajadores. Nuestra legislación incluye una serie de disposiciones que establecen el orden público laboral, garantizan paritarias libres, indemnización por despido sin causa, multas por falta de pago de indemnizaciones, agravamientos indemnizatorios por despido discriminatorio, protección de la mujer con normativa de género, protección de la mujer embarazada y de la maternidad, leyes que sancionan el trabajo infantil, protección a los delegados de personal y sanciones por prácticas antisindicales.
Sin embargo, nos enfrentamos a una cruda realidad: toda esta normativa protectora no resuelve una cuestión primordial: la inclusión de ciudadanos en el mundo del trabajo registrado. El empleo registrado conlleva beneficios como vacaciones pagadas, protección por la ley de riesgos del trabajo (accidentes y enfermedades profesionales), seguridad social (obra social), pago de licencias por enfermedad inculpable a cargo del empleador y acceso a los beneficios jubilatorios.
Ante este panorama, el desafío actual es enfrentar estos temas postergados, especialmente el incentivo a las pymes y grandes empresas para contratar personal registrado. Esto implica un esfuerzo de diálogo entre los sectores involucrados, con el objetivo de fortalecer las relaciones laborales registradas.
La legislación laboral no es la solución definitiva al problema, pero puede actuar, dentro de su ámbito de competencia, como un efecto dominó: generando empleo registrado, que es el primer peldaño.