La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la Nación dispuso una actualización en la especificación técnica de calidad de las naftas, elevando el límite máximo de oxígeno permitido hasta 5,6%. La medida busca ofrecer mayor flexibilidad a la industria y contribuir a mitigar posibles incrementos en el precio de los combustibles en surtidor, con el propósito de resguardar al consumidor.
La Resolución 79/2026 no altera el corte obligatorio de bioetanol ni suma exigencias adicionales para las refinadoras. El objetivo central es adecuar la normativa vigente para que, cuando una compañía lo considere oportuno, pueda incorporar de manera voluntaria hasta 15% de bioetanol en las naftas, siempre dentro de los parámetros de calidad establecidos.
En términos operativos, esta modificación brinda a las refinadoras un margen más amplio para definir la composición de los combustibles. Si deciden sumar una mayor proporción de bioetanol, podrán disminuir en la misma medida la presencia del componente fósil derivado del petróleo en la mezcla final.
El ajuste técnico se vincula con que el contenido de oxígeno en las naftas está directamente relacionado con el porcentaje de bioetanol incorporado. Por esta razón, para habilitar mezclas superiores sin afectar los estándares de calidad, resultaba necesario actualizar ese parámetro específico.
La medida tampoco introduce cambios en el régimen vigente para el biodiesel, dado que la especificación técnica actual del gasoil ya contempla mezclas de hasta 20%.
Con esta decisión, el Gobierno Nacional avanza en un esquema de regulaciones claras, adecuaciones puntuales y mayor flexibilidad operativa, con el fin de favorecer un funcionamiento más eficiente del mercado de combustibles y consolidar la protección de los usuarios.